Resumen
Se entiende por patrimonio cultural subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años.
La creación del Parque Arqueológico Subacuático vinculado a la Batalla Naval de Santiago de Cuba constituyó, en 2015, un hito importante en defensa del patrimonio naval español hundido en Santiago de Cuba, tras la derrota sufrida por la escuadra del almirante Cervera frente a la poderosa armada estadounidense, el 3 de julio de 1898.
Algunos historiadores han destacado que aquel conflicto político-militar que enfrentó a las dos naciones tuvo más trascendencia que la del mero combate naval, debido a que Estados Unidos desalojaba de forma expeditiva a España de sus posesiones en ultramar: Cuba, Puerto Rico, Guam, las Islas Filipinas, cambiaban de dueño después de cuatro siglos.
120 años después de aquel conflicto seguimos la pista a los pecios del 98 y qué se ha hecho en torno a ellos para protegerlos del saqueo y la destrucción. Un patrimonio que es necesario para nuestras generaciones y las que están por venir, como parte, no solo de la historia de España y la herencia cultural de Cuba, sino como un patrimonio de toda la Humanidad.
1. Introducción
El fondo de los mares y océanos –la mar para los marinos- guarda uno de los depósitos más puros de los sueños y de la memoria de la humanidad. En él duermen los vestigios de los anhelos, venturas y desventuras del hombre por descubrir nuevos mundos y culturas, de epopeyas y búsqueda de tierras desconocidas, de conflictos bélicos movidos por la ambición de nuevos dominios y hegemonías, y de un sinfín de relaciones políticas, culturales y comerciales.
En definitiva, con el tiempo la mar ha ido absorbiendo grandes trozos de la vida humana que explican mucho acerca de quiénes somos y dónde nos encontramos. La mar es esencialmente el último gran espacio libre que existe sobre la superficie de la Tierra, aunque sobre ella se ciernan algunas graves amenazas (Tafalla, 2018: 5).
Los pecios que se encuentran bajo las aguas, pertenecientes a épocas pasadas, ofrecen información de cómo era la vida en la época a la que pertenecía la nave naufragada, tanto en lo referente a su construcción, como en relación a las mercancías transportadas en ella, la vida a bordo, etc.
Y es que, así como el arqueólogo terrestre encuentra restos del pasado que normalmente han sufrido el paso de los años y han estado expuestos durante todo el tiempo a la acción destructiva del hombre, un barco naufragado constituye lo que se ha denominado cápsula de tiempo, en donde a excepción de lechos situados a escasa profundidad o cerca de la costa, los pecios se han conservado relativamente intactos (Nutley, 2008: 7-19).
El previsible cambio que está por venir, no lo hará motivado por la incorporación de nuevas tecnologías que aportarán sofisticados robots que permitan actuaciones a mayores profundidades, ya que no son imprescindibles. Nuestras costas, a escasa profundidad, están llenas de documentos históricos, no necesariamente con un gran valor económico, pero sí esenciales para el conocimiento de nuestra historia (Nieto, 1999: 138).
Existe un consenso generalizado, tanto en la normativa interna como en la internacional, en la utilización de la expresión patrimonio cultural subacuático para referirse al conjunto de bienes y objetos que, perteneciendo a otras épocas y momentos del devenir de la humanidad, se encuentran bajo las aguas, ya pertenezcan al mar, ya pertenezcan a pantanos, ríos, lagos u otras aguas que no son marinas. Puede decirse que los bienes subacuáticos son auténticos bienes culturales y forman parte del patrimonio cultural, como bienes u objetos arqueológicos, que también lo son. En ellos igualmente se pone de manifiesto ese sentido de herencia, como conjunto de bienes que se reciben de las generaciones precedentes, máxime si se observa que los objetos encontrados en el fondo de las aguas mayoritariamente constituidos por pecios, esto es, por restos de buques hundidos y por sus cargamentos, están llegando a nosotros, al menos en estos primeros decenios de la arqueología subacuática, directamente desde la época en que el naufragio se produjo, sin interferencias de generaciones intermedias que los hayan podido manipular o distorsionar (Ruiz, 2013: 143).
La convención sobre la protección del patrimonio cultural subacuático, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en noviembre de 2001, describía, entre otros, el siguiente objetivo: Sensibilización y educación del público en el respeto del patrimonio cultural subacuático.
Se trata de un objetivo que si bien está orientado en última instancia a lograr (siempre a medio o largo plazo) una mayor y más intensa protección de este patrimonio, sin embargo cobra identidad propia desde el momento en que esa sensibilización y educación redunda en una más plena realización de la persona y elevación del nivel cultural de la sociedad. Por eso el preámbulo menciona el derecho del público a gozar de los beneficios educativos y recreativos que puede proporcionar el patrimonio cultural subacuático. En orden al cumplimiento de este objetivo “se procurará un acceso responsable y no perjudicial del público al patrimonio cultural in situ, con fines de observación y documentación, (…) salvo en el caso de que ese acceso sea incompatible con su protección y gestión” (Ruiz, 2013: 309).
2. Derechos sobre los buques de guerra hundidos
Por otro lado, a los buques de guerra tradicionalmente se les ha reconocido inmunidad frente a la jurisdicción de otros Estados porque constituyen un bien destinado a un servicio público fundamental para la pervivencia del propio Estado, como es la defensa nacional y, además, como afirma Azcárraga, representan la soberanía e independencia del Estado, de las que constituye un símbolo. En el Manual de las Leyes de la Guerra Marítima en las relaciones entre beligerantes, conocido coloquialmente como Manual de Oxford por haber visto la luz en esa ciudad inglesa en 1913, se define como buque de guerra “a los pertenecientes a un Estado que, bajo la dirección de un comandante militar y manejados/guarnecidos por una tripulación militar, enarbolan legalmente el pabellón y la insignia de la marina de guerra” (Azcárraga, 1983: 43).
En los últimos años se ha mantenido la tendencia que los Estados costeros o ribereños hayan logrado que se les reconocieran sus derechos sobre los restos de buques de Estados de pabellón, alcanzándose soluciones en este asunto por medio de la vía convencional, es decir, mediante acuerdos suscritos entre el Estado de pabellón y el Estado costero. Así, de esa manera los Estados de pabellón han visto reconocidos sus derechos sobre los restos, pero consentían en que los mismos fueran expuestos en museos locales del Estado ribereño.
Son los casos de los buques Batavia, Vergulde Draek, Zuytdorp y Zeewijk (1), CSS Alabama (2), HMS Birkenhead (3), HMS Erebus y HMS Terror (4) o el buque La Belle (5).
3. Protección del patrimonio naval sumergido: el caso de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes
A mediados de mayo de 2007, Odyssey Marine Explorations, Inc., la empresa más importante del mundo de cazatesoros submarinos, anunciaba el hallazgo en aguas internacionales del Atlántico de un cargamento de monedas –más de medio millón-, negándose a revelar la nacionalidad y localización exacta del buque, lo que despertó las sospechas del gobierno español sobre un posible expolio.
Desde ese momento se inició un largo proceso judicial de cinco años de duración, por el que el gobierno español reclamaba sus derechos sobre el hallazgo. La clave que finalmente resolvería el litigio se hallaba en la inmensa documentación que prepararon expertos del Archivo del Museo Naval de Madrid, el Archivo General de la Marina, el Archivo General de Indias y la Real Academia de Historia, entre otras instituciones.
Fue así como aparecieron documentos que permitieron reconstruir la historia de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes y refutar la tesis de Odyssey. Se trataba de un buque “en misión de Estado”, no un barco comercial, como argumentaba la empresa.
El 3 de junio de 2009, el magistrado instructor de Florida, Estados Unidos, emitió su informe y recomendaciones favorables a España en todas sus aspiraciones. A esto se opusieron Odyssey, el gobierno peruano, que también reclamaba el tesoro, y algunos presuntos herederos de los propietarios de la mercancía, mientras que el gobierno de Estados Unidos adoptaba una posición que apoyaba las tesis españolas.
El caso Odyssey puso de manifiesto la necesidad de contar con una información veraz y bien argumentada para evitar expolios similares. Ya en 2011 la Armada española había documentado más de 1.580 naufragios que se incorporaron a una base de datos que permitiera facilitar la búsqueda de información ante cualquier nuevo litigio.
El 17 de febrero de 2012 el juez estadounidense del Tribunal Federal de Tampa (Florida), dictaba sentencia en la batalla legal entre el gobierno español y los modernos piratas que habían saqueado el pecio en 2007, afirmando: “Más de 200 años han pasado desde que la fragata Mercedes explotó. El lugar donde descansan sus restos y los de los que murieron aquél fatídico día ha permanecido intacto durante siglos. Las leyes internacionales reconocen la solemnidad de su recuerdo y el interés de España por preservarlo. El seguimiento de esta corte a esos principios promueve el respeto recíproco por los muertos de nuestras naciones en el mar. Esta corte da la razón a España sobre el yacimiento de La Mercedes y desestima la reclamación de Odyssey” (Cervera, 2013).
Conviene aclarar que la sentencia de instancia se pronunció por la existencia de inmunidad de la fragata española, y el reconocimiento de esa inmunidad soberana llegó de una resolución judicial, y no de un acuerdo entre Estados.
Sin embargo, estos acuerdos demuestran que se sigue reconociendo la inmunidad de tales restos, y también que actualmente los intereses del Estado de pabellón, como Estado propietario de bienes sobre los que se reconoce inmunidad, se están compatibilizando con los del Estado ribereño, que detenta competencias innegables sobre los espacios marinos en los que los pecios se encuentran o han sido descubiertos.
Las lamentables circunstancias que rodearon el llamado caso Odyssey provocaron que, por fin, las autoridades españolas comprendieran que la situación del patrimonio cultural subacuático español reclamase una atención y la adopción de medidas de todo tipo, no solo legislativas, que tuvieran como norte la protección de este singular patrimonio. Los técnicos, asociaciones de diverso signo y la prensa no dejaron de pronunciarse continuamente sobre lo que tenía todos los visos de constituir un expolio, perpetrado, para más inri, delante de las propias autoridades estatales (Armada y Guardia Civil) y Autonómicas (Junta de Andalucía).
Las denuncias tuvieron su efecto y a raíz de estas actuaciones, fueron elaborados dos documentos que contienen las líneas programáticas de lo que debe ser esa protección, tanto desde una perspectiva jurídica (proporcionada por una normativa adecuada) como propiamente técnica (proporcionada por prácticas arqueológicas correctas). Esos dos instrumentos fueron el Plan Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático y el Libro Verde sobre el citado Plan Nacional (Ruiz, 2013: 649-650).
4. Acciones para proteger el patrimonio cultural subacuático
La Convención de la UNESCO recomienda una serie de normas relativas a las actividades dirigidas al patrimonio cultural subacuático y que regulen aquellas actividades cuyo objeto primordial pueda alterarlo materialmente o causarle algún daño, por lo que la finalidad es la de procurar una adecuada gestión de este patrimonio, en orden a su protección.
Para ello, las principales recomendaciones que se plantean son las siguientes:
- La conservación in situ será considerada la opción prioritaria para proteger el patrimonio cultural subacuático; la mejor manera de proteger los bienes sumergidos consiste en que permanezcan en el mismo lugar y medio acuático en el que han sido descubiertos y han permanecido largo tiempo, y que para esa permanencia se produzca sin sobresaltos ni intrusiones, el lugar del emplazamiento deberá ser objeto de actuaciones con la finalidad de que los bienes sumergidos no corran peligro alguno. En una palabra, no basta dejar los bienes tal y como se encontraron, si los mismos corren algún peligro en este sitio: hay que proteger y gestionar adecuadamente el lugar. Una adecuada gestión del yacimiento o sitio debe procurar estabilizarlo, controlarlo en todo momento y protegerlo de las intrusiones, esto es, del acceso de personas ajenas a dicha gestión, y de técnicas impropias y acientíficas.
- Son incompatibles una adecuada protección y gestión de este patrimonio y la explotación comercial del mismo (ya se ponga de manifiesto mediante transacciones u operaciones de venta, compra o trueque), la especulación con él y su dispersión irremediable.
- Todas las actividades que se lleven a cabo con este patrimonio deberán procurar no destruirlo ni dañarlo.
- En la realización de las actividades que se emprendan en orden a la salvaguarda de este patrimonio se evitará perturbar innecesariamente los restos humanos o los sitios venerados.
- Se fomentará el acceso del público al patrimonio cultural subacuático conservado in situ, salvo que ello sea incompatible con la protección y gestión del yacimiento. Se trata de una especial manifestación de la tarea de sensibilización del público con este patrimonio. Esta tarea de sensibilización y educación del público también se consigue mediante la adecuada difusión de los proyectos acometidos y de los informes elaborados a la finalización de los trabajos.
- Se alentará la cooperación internacional en la realización de actividades relacionadas con este patrimonio, especialmente en lo que respecta al intercambio de arqueólogos y otros especialistas, de tal manera que se aprovechen y optimicen los conocimientos y experiencias adquiridos.
- Se recomendará que ninguna de las actividades dirigidas al patrimonio cultural subacuático perturbe indebidamente los fondos marinos o la vida marina (Ruiz, 2013: 464-469).
Las normas, en resumen, suponen un compendio de buenas prácticas arqueológicas subacuáticas, que forman parte de la Convención de la UNESCO por la sencilla razón de que, como determinantes de los mejores modos de trabajar y proteger el patrimonio sumergido, constituyen el complemento de la regulación del patrimonio cultural subacuático en los distintos espacios marinos, especialmente en los situados más allá de las aguas sometidas a soberanía, auténtica razón de la Convención. (6)
5. Convenios suscritos con otros países en materia de patrimonio cultural subacuático: el caso de Cuba y su Declaratoria de 2015
Según la ley española, es patrimonio cultural subacuático español el ubicado en espacios marítimos bajo soberanía española, y también lo es, según estas mismas leyes, el situado en espacios sometidos a jurisdicción española. Pero también hay patrimonio cultural subacuático español sumergido en aguas pertenecientes a terceros países, que otorgan normalmente a ese patrimonio la consideración de patrimonio cultural subacuático propio.
Se trata de aquellos restos o pecios correspondientes a buques de guerra españoles hundidos en aguas de terceros países, para los que España reclama la inmunidad soberana. (7) En estos casos al ser imposible aplicar las medidas protectoras españolas, lo normal será que se apliquen las de tales países, y en el mejor de los casos, que su legislación las prevea. Por ello, la suscripción de convenios internacionales con tales Estados se revela como fundamental, con vistas al establecimiento de medidas de protección y salvaguarda de estos restos que sean verdaderamente eficientes, que debe ser la tarea prioritaria (Ruiz, 2013: 743-744).
El caso que nos ocupa, el de los pecios pertenecientes a la escuadra hundida del almirante Cervera, tuvo otra resolución. La Comisión Nacional de Monumentos, adscrita al Ministerio de Cultura de Cuba y único órgano facultado para inscribir en el Registro Nacional los Monumentos Nacionales y así poderles dar una adecuada protección, dio un paso adelante para proteger lo que entendían por “patrimonio cubano” en la Declaratoria del 8 de junio de 2015.
En virtud de la excepcionalidad de los yacimientos arqueológicos subacuáticos, así como por sus valores naturales, la Comisión Nacional de Monumentos, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Nº 2, con fecha 4 de agosto de 1977, Ley de los Monumentos Nacionales y Locales; decidió declarar Monumento Nacional de la República de Cuba, el Parque Arqueológico Patrimonio Cultural Subacuático Batalla Naval de Santiago de Cuba.
En su resolución, se declara que “Santiago de Cuba figura entre los siete primeros asentamientos fundacionales del país. Su posición geográfica condicionó que se convirtieran durante años en uno de los centros de operaciones navales más importantes del Caribe. Las costas de esta provincia atesoran numerosos sitios subacuáticos, donde sobresalen por su relevancia histórica los pecios vinculados a la Batalla Naval de 1898. Este suceso marcó un punto trascendental en la historia de Cuba y del mundo, pues con la derrota de la Armada Española, finalizó la Guerra Hispano-Cubano-Norteamericana...
(…) El Parque Arqueológico Subacuático vinculado a la Batalla Naval de Santiago de Cuba está conformada por siete sitios arqueológicos (Playa Siboney, Las Cuatro Bocas, Playa Mar Verde, Rancho Cruz-Bueycabón, Ensenada de Juan González, Aserradero y Playa La Mula), donde yacen los pecios de cinco buques españoles y dos norteamericanos vinculados al desembarco y el conflicto naval. En los diferentes yacimientos existen evidencias físicas pertenecientes a los buques: mástiles, masteletes, restos de las jarcias de las arboladuras, herrajes, partes de los emplazamientos de la artillería, proyectiles de grueso y mediano calibre, fusilerías, balaustres y mecanismos del sistema de propulsión, así como otras evidencias aisladas…
(…) En el Parque Arqueológico Subacuático vinculado a la Batalla Naval de Santiago de Cuba existen numerosos restos arqueológicos, dispersos sobre el fondo marino con el que se han fusionado, donde reposan desde hace más de un siglo de actividad biológica, creando ecosistemas estables para la flora y la fauna marina que los habita y que deben ser protegidos por su valor natural.”
Finalmente, resuelven “declarar Monumento Nacional de la República de Cuba, el Parque Arqueológico Subacuático vinculado a la Batalla Naval de Santiago de Cuba. El área total a proteger es de 240 kilómetros cuadrados a lo largo de la línea de costa.” (UNESCO, 2015: 147) (8)
6. Localización geográfica del Parque Arqueológico
SITIO ARQUEOLÓGICO: PLAYA MAR VERDE
PECIO: Contratorpedero Furor (9)
El pecio yace a una profundidad de entre 24 y 27 metros sobre un fondo arenoso con bastantes formaciones coralinas en un área de unos 200 metros cuadrados.
El navío estalló antes de su hundimiento, por lo que en el fondo no se encuentra la típica silueta de un pecio. La estructura externa, simplemente, no existe. Se ha de tener en cuenta que este tipo de navíos su principal virtud era la gran velocidad que podían alcanzar, hasta 29 nudos, pero su talón de Aquiles era la falta de coraza, lo que les hacía extremadamente vulnerables a la artillería enemiga. El buque fue alcanzado en la Santabárbara (o pañol de municiones), y acabó explotando (Cervera et al, 2018: 759).
SITIO: Poblado Mar Verde, al Oeste de la ciudad de Santiago de Cuba.
MUNICIPIO: Santiago de Cuba.
DEMARCACIÓN GEOGRÁFICA DEL PECIO: Los restos del pecio se encuentran a una distancia de 540 m. de la orilla, al Sur de la margen oeste de playa Mar Verde, a una profundidad de 22 m., cerca de un canto de veril que se extiende en una isobata entre 23 y 27 m. La referencia geográfica al Norte desde el pecio, en la superficie y por instrumentos, es la parte alta del extremo oeste de playa Mar Verde; en la que se encuentra un poste de hormigón en línea con el caballete de una vivienda, detrás de la carretera, ubicada en una elevación pequeña con varias casas. La alineación de esas referencias geográficas parte los restos en dos, en línea sur desde tierra. El acceso al sito tiene dos maneras seguras para no perder la campaña: con el empleo de instrumentos geo-referenciales de precisión o un practicaje confiable. Las características del hundimiento del Furor, a partir de una gran explosión, hacen que los restos se encuentren diseminados por el sitio (UNESCO, 2015: 53).
SITIO ARQUEOLÓGICO: RANCHO CRUZ – BUEYCABÓN
PECIO: Contratorpedero Plutón.
El Plutón también acabó explotando, pero con menor intensidad que el Furor. El tiempo y los temporales se encargaron de destrozarlo; actualmente ya no queda pecio como tal, sino algunos restos de sus máquinas, bielas, toberas, proyectiles y mástiles.
SITIO: Poblado Bueycabón, al Oeste de la ciudad de Santiago de Cuba.
MUNICIPIO: Santiago de Cuba.
DEMARCACIÓN GEOGRÁFICA DEL PECIO: El pecio se encuentra ubicado muy cerca de la costa, fácilmente identificable desde la orilla por la cantidad de fragmentos que el mar ha depositado en la margen escarpada del arrecife, donde embarrancara abatido por el fuego enemigo. Sus restos están muy diseminados por toda el área que conforma el sitio arqueológico, a una profundidad entre 2 y 6 m. El sitio donde embarrancara el 3 de julio de 1898 es un tramo de costa irregular de diente de perro, de unos 800 m., entre la ensenada de Rancho Cruz al Este y la de Bueycabón al Oeste, abriéndose al Caribe sur (UNESCO, 2015: 67).
SITIO ARQUEOLÓGICO: ENSENADA DE JUAN GONZÁLEZ
PECIO: Crucero Acorazado Almirante Oquendo
El estado general del pecio es considerablemente bueno, a pesar de la poca profundidad a la que se encuentra, ya que está sometido a la presión de los rompientes de los temporales. Se puede ver casi toda su eslora de 103 metros de longitud y se encuentra apoyado en su quilla sobre un lecho de arena y piedras.
SITIO: Playa Juan González, al Oeste de la ciudad de Santiago de Cuba.
MUNICIPIO: Guamá.
DEMARCACIÓN GEOGRÁFICA DEL PECIO: El pecio se encuentra ubicado en la ensenada de Juan González. Su proa está orientada a los 6° N, a unos 100 m. desde la orilla y a una profundidad entre 4 y 13 m. Desde la costa se hace visible parte de la torreta del cañón González Hontoria de 280 mm. de proa, que emerge sobre la superficie del agua. Geográficamente, la ensenada de Juan González está situada al oeste, de manera contigua a Nima Nima, donde embarrancara el crucero acorazado Infanta María Teresa, buque insignia de la malograda Flota del almirante Cervera. (Cervera et al., 2018: 763).
SITIO ARQUEOLÓGICO: ASERRADERO
PECIO: Crucero Acorazado Vizcaya.
El pecio está incrustado en el arrecife paralelo a la costa y se halla sometido a fuertes temporales y, al no estar al abrigo de la costa, se encuentra más deteriorado que el del Almirante Oquendo.
SITIO: Bahía de Aserradero, al Oeste de Punta de Moquenque.
MUNICIPIO: Guamá.
DEMARCACIÓN GEOGRÁFICA DEL PECIO: El pecio se encuentra ubicado en la pequeña barrera que protege el canal de entrada de la rada de Aserradero, orientado de popa a proa en su línea imaginaria de crujía a los 75° ENE, a unos 900 m. de la playa y a 280 m. de Punta de Moquenque, teniendo en cuenta donde se cortan estas dos referencias en un ángulo de 45º entre el fondeadero de Aserradero y la Punta de Moquenque. Desde la margen costera, incluso desde la carretera, es visible la torreta de proa, con uno de sus cañones de grueso calibre. Sus restos se encuentran entre los 4 y 10 m. de profundidad (UNESCO, 2015: 101).
SITIO ARQUEOLÓGICO: PLAYA LA MULA
PECIO: Crucero Acorazado Cristóbal Colón.
Los restos del pecio se encuentran orientados de popa a proa tomando como referencia la fe de crujía del pecio a los 186º al Sur-suroeste a una profundidad de 9 m. en la popa y 32 m. en la proa. Además de la visión del pecio, especialmente su imponente proa al mar en forma de espolón, pueden verse esparcidos algunos restos como anclas, chimenea o proyectiles.
La profundidad ha protegido al Colón de la erosión de los rompientes. Su superestructura ha resistido el paso del tiempo y los huracanes, seguramente al estar construido en acero níquel, que le ha hecho menos vulnerable que los otros navíos, sus compañeros de infortunio.
El buque resulta uno de los mejores conservados, entre los de su tipo, del mundo, si se tiene en cuenta su cercanía a la costa y sus 120 años sumergido en mar abierto, y en aguas tropicales. Algas, esponjas, corales y gorgonias colonizan el pecio y su interior está lleno de peces tropicales; en definitiva, rebosa vida y esta es la paradoja, una máquina concebida para la guerra convertida en un biotopo submarino (Cervera et al., 2018: 770).
SITIO: Playa La Mula. Al Oeste de la desembocadura del Río Turquino, municipio Guamá, a 50,4 millas de Santiago de Cuba y a unos 64 m. de la costa.
MUNICIPIO: Guamá.
DEMARCACIÓN GEOGRÁFICA DEL PECIO: El pecio se encuentra ubicado al Oeste de la desembocadura del Río Turquino y a 50,4 millas náuticas de Santiago de Cuba. Está orientado a los 165º SSE, a unos 80 m. del litoral, entre 12 y 37 m. de profundidad (UNESCO, 2015: 117).
ZONA POBLACIONAL: El poblado de La Mula, está situado al Este del sitio. La circunscripción tiene unos 200 habitantes, esencialmente campesinos, pequeños pro- ductores agropecuarios y eventualmente algunos pescadores. Una parte de la población está empleada en la base de campismo de río La Mula.
7. Patrimonio cultural y turismo sostenible
Muchas sociedades consideran la cultura como una industria en crecimiento unida estrechamente al turismo. En efecto, la explotación económica del patrimonio cultural va íntimamente ligada al llamado turismo cultural. Este tipo de turismo responde a la curiosidad y el deseo de las personas de aprender sobre otros y de satisfacer un deseo de explorar e intensificar las propias experiencias. Los lugares históricos constituyen uno de los elementos más importantes de ese turismo cultural.
Las comunidades deben planificar el turismo como una forma de preservar o revalorizar los elementos patrimoniales. Ahora bien, ¿cuáles son las posibilidades que ofrece el turismo para conservar, gestionar y revalorizar el patrimonio histórico-cultural dentro de un modelo de desarrollo sostenible?
Un desarrollo sostenible significa satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer el derecho de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades. En estos términos, el turismo puede actuar como un elemento clave para la mejora de la calidad de espacios degradados y la valoración del patrimonio. En torno a esto, los convenios y recomendaciones de la UNESCO se basan en las mejores prácticas profesionales con vistas a garantizar el mantenimiento y la preservación del patrimonio cultural. El reto es, pues, articular y consensuar los intereses de los distintos grupos actuantes, trabajar sobre proyectos específicos en protección de determinados lugares y señalar procedimientos de inversión y convenios de colaboración (Camarero y Garrido, 2004: 36).
8. Patrimonio cultural y desarrollo local
El patrimonio está consiguiendo posicionarse como una pieza clave en las actuaciones estratégicas de desarrollo territorial y apoyo al crecimiento y la mejora de la calidad de vida de una comunidad. Al ofrecerse como un sólido producto turístico, el patrimonio se consolida como fuente de riqueza y factor de desarrollo local.
La promoción del turismo cultural y una oferta de ocio y cultura basada en productos patrimoniales de calidad permiten la desestacionalización del turismo. En este marco, pues, el patrimonio local representa un elemento clave en el futuro de los municipios, un instrumento de desarrollo y un motor de crecimiento económico y generador de puestos de trabajo. Más en concreto, el patrimonio contribuye de diferentes formas a la mejora de la economía local:
- Reducción de la estacionalidad del turismo.
- Reducción del desempleo.
- Desarrollo de oportunidades de negocio.
- Mejora del nivel de vida de la población.
- Entrada de divisas.
- Modernización de infraestructuras y equipamiento.
- Recuperación de actividades artesanales y tradicionales.
- Financiación de proyectos de conservación.
La riqueza económica generada por un bien cultural es su mejor garantía de conservación en cuanto sus beneficios pueden reinvertirse en su mantenimiento. Debe tenerse en cuenta que el aporte económico, junto a la concienciación, son las herramientas más importantes para la conservación de los bienes culturales. Se trata, en definitiva, de lograr un equilibrio entre patrimonio y turismo, evitando la sobrecarga turística y estableciendo limitaciones de uso, al objeto de no hipotecar el patrimonio cultural heredado (Camarero y Garrido, 2004: 39-40).
Para muchas organizaciones gestoras del patrimonio no es fácil conocer el mercado turístico. No cuentan con recursos suficientes para crear notoriedad y conseguir las condiciones adecuadas para atraer turismo. Una posible solución es el marketing conjunto y la asociación entre productos culturales de distintos tipos y también con socios que ofrecen turismo no cultural, como hoteles, mayoristas o detallistas. Un destino turístico-cultural puede ser creado comprendiendo la gran diversidad de motivaciones de viajes e intereses personales de los turistas.
En 2010 el Ministerio de Turismo de Cuba anunciaba la posibilidad de visitar, como “paquete turístico”, lo que se vino en llamar “Una inmersión en la Historia”, un recorrido por los distintos pecios de la escuadra hundida y comercializado por Cubatur. Una oferta diseñada en principio para el mercado europeo, fundamentalmente centrada en Alemania, Reino Unido, Francia y España.
En Santiago de Cuba, la segunda ciudad de la Isla, los turistas podrían seguir la ruta de las tropas estadounidenses tras su desembarco en Daiquiri y Siboney, así como visitar el Castillo de San Pedro de la Roca, que domina la bahía de la ciudad. Antes de cada inmersión recibirían conferencias de historiadores sobre lo que ocurrió en la guerra, en grupos de no más de 20 buzos. Entre las naves que se podrían visitar se apuntaba el Cristóbal Colón, el Almirante Oquendo y el Vizcaya, así como el carbonero norteamericano Merrimac, hundido en la bahía de esa ciudad y hasta el cual solo se puede bucear dependiendo de las mareas. Se trata de visitar los pecios, pero organizadamente, para no destruir ese patrimonio; no se desea una explotación extensiva, sino selectiva.
9. Apuntes sobre el patrimonio subacuático que representa la escuadra hundida del almirante Cervera
Desde el día siguiente al combate naval de 3 de julio de 1898 se produjo un salvaje pillaje y expolio de estos pecios.
El gobierno norteamericano autorizó la explotación particular de los cascos hundidos, ocasión que aprovecharon algunos españoles residentes en la isla y sus amigos cubanos, encabezados por el práctico del puerto de Santiago, comenzaron los trabajos de buceo y recuperación de materiales. En el Vizcaya, aún quedaban esqueletos desgarrados por los tiburones, se recuperaron sables y revólveres y una caja fuerte con 2.100 centenes (González, 1980: 571).
Con la ayuda de explosivos, este atípico conglomerado de gentes (jamaicanos, americanos y otros aventureros) se lanzó a la depredación de los restos, pereciendo por imprudencia 11 de ellos, aunque logrando recuperar el equivalente a 13.000 pesos en monedas inglesas y españolas (Campanera, 2014: 73).
El crucero Cristóbal Colón ha sido mudo testigo de acciones extremas, como fue el hecho de dinamitarle la amura de babor en 1985, para abrir un acceso hacia un compartimento donde supuestamente estaría un arcón con la paga de la flota. El autor de esta atrocidad esgrimía el argumento, ya conocido, de que el día antes del desastre, el almirante Cervera se había reunido en el Colón, el buque más veloz y de mejores condiciones técnicas con los comandantes de su Escuadra (…) y que trataría de salvar lo que (Cervera) no confió dejar al arzobispo de Santiago de Cuba en medio de un conflicto de imprevisibles consecuencias. Este fue el móvil para que el reconocido investigador y buceador Jaques-Ives-Cousteau volara una parte de la banda del pecio, en busca de lo que aún hoy no se sabe si encontró (UNESCO, 2015: 124).
En la actualidad, el proceso de deterioro de los valores patrimoniales de los sitios arqueológicos del Parque Arqueológico Subacuático vinculado a la Batalla Naval de Santiago de Cuba está condicionado, entre otros, por los siguientes factores:
- Los pecios tienen 120 años de existencia en condiciones extremas y se encuentran expuestos a grandes impactos medioambientales.
- Los sitios arqueológicos se han enfrentado, durante todos estos años, a la agresión antrópica y el expolio, directa o indirectamente, con el deterioro y despojo de sus valores patrimoniales.
- Las coyunturas, económicas y políticas, han contribuido a la vulnerabilidad de los sitios arqueológicos.
- Insuficiente conocimiento y sensibilidad patrimonial.
- La ubicación geográfica y la cercanía de algunos sitios a la costa.
- Falta de una adecuada estrategia de gestión y manejo para la conservación del patrimonio cultural y natural subacuático en su contexto (UNESCO, 2015: 139).
10. Conclusión: un camino por recorrer
El desastre del 98, que comenzó en Cavite (Filipinas) el 1 de mayo de 1898 y terminó en Santiago de Cuba el 3 de julio de 1898, puso en evidencia la incapacidad de España para defender unos territorios de ultramar tan alejados de la metrópoli. Para ello hubiera necesitado una solidez económica de la que carecía, una marina de guerra poderosa y una política internacional de alianzas capaz de frenar el afán imperialista de los Estados Unidos.
Lo cierto es que el 10 de diciembre de 1898 se firmaba en el Ministerio de Negocios extranjeros de París el Tratado de Paz, por el cual España perdía la soberanía de Cuba, Puerto Rico, Guam, el archipiélago de las Marianas y las Islas filipinas. Unos días después, el 1 de enero de 1899 en el Palacio de los Gobernadores Generales de la Habana se protocolizaba el acto solemne por el cual dejaba de existir la soberanía española en la isla, tras 406 años de permanencia, y comenzaba la de los Estados Unidos (Cervera, 2016: 281).
La historia debe conocerse y aun hoy podemos recuperarla a través de esos hierros que conforman los pecios de la escuadra hundida del almirante Cervera, y al recuerdo hacia sus heroicos marinos que regaron con su sangre las cubiertas de aquellos barcos, en un sacrificio inútil.
El saqueo y la destrucción de los pecios de nuestros mares conllevan, irremediablemente, a la pérdida irrecuperable del patrimonio común. Con estos y otros instrumentos legales que puedan arbitrarse, es necesario proteger jurídica y materialmente este patrimonio cultural subacuático, a fin de garantizar que este legado, que es un verdadero tesoro, llegue a las presentes y futuras generaciones, como parte, no solo de la historia de España y la herencia cultural de Cuba, sino como patrimonio de toda la Humanidad.